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Cuando la ‘Ley Sinde’ entre en vigor ya habrá soluciones técnicas para dejarla obsoleta

INTERNET | 30 septiembre 2011


El reglamento de la conocida como ‘Ley Sinde’ está en proceso de desarrollo y, seguramente, no entrará en vigor hasta después de las elecciones generales del 20-N. Sin embargo, según uno de los juristas más activos en la defensa de los derechos civiles en Internet, Carlos Sánchez Almeida, los futuros afectados por esa norma están preparando un cambio tecnológico de resistencia “muy significativo, que demostrará al Gobierno que Internet es mucho más que webs y enlaces“.

Cuando la Ley Sinde entre en vigor ya estarán preparadas las soluciones técnicas para dejarla obsoleta, aunque los legisladores seguirán trabajando para blindar los privilegios de los poderes financieros y mediáticos“, ha afirmado.

Sánchez Almeida ha participado en el curso ‘Libertad en Internet: garantías y amenazas’, celebrado esta semana en la Universidad internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de Valencia y codirigido por los profesores de la Universitat de València, Andrés Boix (Derecho Administrativo) y Lorenzo Cotino (Derecho Constitucional), según han informado fuentes de la organización en un comunicado.

El abogado de Bufet Almeida y creador del manifiesto ‘República Internet’ sostiene que el legislador español “ha dado siempre prevalencia a la propiedad intelectual por encima de la libertad de expresión para servir a los intereses de las grandes multinacionales, los grupos mediáticos y las entidades financieras, que ejercen el verdadero poder”, mientras que “ha desoído las numerosas protestas ciudadanas, surgidas, sobre todo, con motivo de la ‘Ley Sinde’”.

“Nuestra sociedad empieza a parecerse a las sociedades cyberpunk de las obras de ciencia ficción de principios de los 90″, ha manifestado Carlos Sánchez Almeida, quien ha citado el libro de Hakim Bey ‘Zona temporalmente autónoma’, en el que “se describe el 15M 20 años antes”.

Para el jurista, la ‘Ley Sinde’ incurre en un error de partida al considerar que un “conflicto de derecho privado –beneficios por derechos de autor– debe ser protegido por la administración”.

Por otro lado, Sánchez Almeida ha señalado que esta ley diferencia entre “proveedores de contenidos” y “proveedores de servicios de intermediación”, aunque no menciona proveedores de acceso, hostings o enlaces. Según esto, una página de enlaces sería considerada un prestador de servicios y, en caso de vulnerar la ley, podría ser cerrada en 72 horas sin posibilidad de alegar, un derecho sólo reservado a los proveedores de contenidos.

No obstante, el abogado cree que, en esta “batalla” por los derechos de autor, “las operadoras también tienen un interés a largo plazo: hacerse con el poder de los contenidos“. “El equilibrio de fuerzas entre sociedades de gestión y operadoras pasaría por que éstas pagaran algún impuesto de gestión pública”, propone Sánchez Almeida.



Escrito por en 30 septiembre 2011. Archivado en Internet

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